Definición de JURAMENTO DEL PROCESADO


    Aun exigido en épocas de procedimiento inquisitorial, donde se ejercía la coacción material del tormento y la espiritual de las penas por el perjurio, en la actualidad no subsiste tal presión, poco eficaz contra los transgresores de la ley y ya en actitud defensiva. "No se exigirá juramento a los procesados, exhortándoles solamente a decir verdad y advirtiéndoles el juez de instrucción que deben responder de una manera precisa, clara y conforme a la verdad, a las preguntas que les fueran hechas" (art. 387 de la Ley de Enj. Crim.). De faltar a la verdad, y comprobarse, la sanción para el acusado se encuentre en el vehemente indicio de culpabilidad que de la contradicción se desprende.


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