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Fallos: 340:1442 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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SENTENCIA ARBITRARIA
Corresponde dejar sin efecto lo resuelto en cuanto al reclamo subsidiario de indemnización fundado en el cuarto párrafo del art. 212 de la LCT si, pese a la seriedad y pertinencia de la argumentación recursiva señalando que las pruebas pericial médica y testifical demostraban la incapacidad total al momento de concluir el vínculo laboral, el tribunal de alzada nada dijo al respecto, limitándose a confirmar sin más el rechazo decidido en la instancia anterior.

La Dra. Highton de Nolasco, en disidencia, consideró que el recurso extraordinario era inadmisible (art. 280 CPCCN )-.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó, en lo principal, el fallo de primera instancia que rechazó el reclamo efectuado por el actor a fin de obtener una indemnización por despido y el pago de diferencias salariales (fs. 753/758 y 823/826, de los autos principales que se citarán en lo sucesivo).

Para así decidir, el tribunal consideró que la extinción de la relación laboral se produjo por vencimiento del plazo de conservación del puesto de trabajo previsto en el artículo 211 de la Ley de Contratos de Trabajo, por lo que afirmó que una vez concluido el plazo de licencias pagas por enfermedad inculpable -art. 208, ley 20.744- la demandada había ajustado su conducta a la normativa vigente.

Señaló que tampoco podía encuadrarse el caso en las previsiones del Convenio Colectivo 19/90 "E", pues entendió que mediante un acuerdo posterior se decidió aplicar la citada Ley de Contratos de Trabajo hasta que hubiese una nueva negociación respecto al capítulo titulado "Enfermedades y Accidentes", cuestión que no se encontraba regulada en el Convenio Colectivo 43/91 "E".

Asimismo, rechazó el reclamo de "franquicia de pasajes", que la empresa otorgaba al personal en actividad, por ser un rubro no compensable en dinero y al que no puede acceder el personal desvinculado.

Sostuvo que el planteo de inconstitucionalidad del Convenio Colectivo, en cuanto disponía el carácter no remunerativo de los viáticos,

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1442 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-1442

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