DISIDENCIA DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON CARLOS S. FAYT,
DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Y DOÑA CARMEN M. ARGIBAY
Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).
Por ello, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito de fs.
2. Notifíquese y, oportunamente, archívese.
CARLos S. FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — CARMEN M. ARGIBAY.
Recurso de queja interpuesto por Standard 8: Poor's Ratings LLC. suc. Argentina, representada por el Dr. Eduardo E. Represas.
Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala D.
FELEZ, GERONIMO y Otros c/ SAN JUAN, PROVINCIA DE
S/ EXPROPIACIÓN INVERSA
CADUCIDAD DE LA INSTANCIA
Corresponde rechazar el planteo de caducidad de la instancia si la misma no es viable cuando se ha producido el desapoderamiento contra el propietario y la cuestión pendiente queda circunscripta a la determinación de la justa indemnización debida al expropiado y en el caso no se encuentra controvertida la situación de desapoderamiento de la fracción del inmueble objeto del pleito.
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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:469
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