Recursos extraordirarios interpuestos por el Dr. Raúl Omar Pleé Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal y por Jorge Eduardo Acosta y Jorge Carlos Radice, representados por la Dra, Laura Beatriz Pollaetri, Defensora Pública Oficial ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Traslados contestado por el Dr. Raúl Omar Pleé Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal y por Jorge Eduardo Acosta y Jorge Carlos Radice, representados por la Dra. Laura Beatriz Pollastri, Defensora Pública Oficial ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal.
Tribunal que intervino con anterioridad: Sala IT de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.
ACOSTA TORRES, EULOGIO c/ ESTADO NACIONAL -MINISTERIO De
JUSTICIA- y Otros s/ DAÑOs Y PERJUICIOS
SECRETARIO DE JUZGADO.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que, ante el reclamo de una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por la sustracción y cobro fraudulento de un cheque judicial mediante la utilización de un documento falso, imputó responsabilidad a la secretaria del juzgado en los términos del art. 1109 del Código Civil por haber desempeñado sus funciones de manera irregular al cumplir con la obligación impuesta en el art. 3 de la ley 9667, si la circunstancia de verificar la actuaria la identidad de quien se presentó en el juzgado para retirar el cheque interrumpe el nexo de causalidad adecuado que debe existir entre el hecho y el daño en tanto aun cuando se admita la hipótesis de que no cumplió satisfactoriamente con su deber de estar presente en el momento del endoso, esta conducta no resulta suficiente ni determinante para producir el daño que el actor dice haber padecido.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
Los jueces Petracchi, Maqueda y Argibay, en disidencia, consideraron que el recurso extraordinario cuya denegación originaba la queja era inadmisible.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—I-
A fs. 797/804 (del expediente principal, al que me referiré en adelante, salvo cuando se indiquen otras actuaciones), la Cámara Nacio
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:585
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