PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA.
Corresponde r econocer al actor el derecho de prefer encia al programa de propiedad participada si cesó en su empleo con posterioridad al momento de concretarsela privatización mediante el cambio en el capital de la empresa (Voto del Dr.
Enrique Santiago Petracchi).
—Dela disidencia en el precedente "Antonucci" (Fallos: 324:3876 ), al que remitió el voto—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
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La Sala || de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (v.
fs. 415/422) al confirmar la sentencia de primera instancia (v.
fs. 366/372) admitió la condena por la suma de $ 38.420 en concepto de indemnización por daños y perjuicios, con fundamento en que el Estado Nacional resultaba responsable de que los actores no habían podido acceder a las acciones clase "C", a pesar de hallarse con derecho a ellas en el proceso de privatización de Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. (YPF) y dentro del Programa de Propiedad Participada PPP), regulado en la ley 23.696 de Reforma del Estado.
Para así decidir, en síntesis, el a quo -+tras dejar en daro su posición— resolvió el tema de fondo debatido por la co-demandada Estado Nacional haciendo prevalecer el criterio de la Corte sentado en el caso "Antonucci". Para ello tuvo en cuenta, entre otras cosas, que el actor había ingresado a la empresa Y .P.F. S.A. (22-04-68) con anterioridad alafecha de corte (1 -01-91) en virtud del decreto 2778/90 y de acuerdo con la doctrina sentada en dicho precedente.
En respuesta al planteo de la actora, señaló que la pretensión con fundamento en que se compense el desfase producido por haberse dejado de lado la paridad cambiaria con el dólar, encuentra escollo en que no ha sido un tópico planteado en la etapa anterior del proceso.
Argumentó quenni siquiera se había introducido por la vía del art. 78 de la ley 18.345, lo cual impedía su examen en esa etapa y citó como sustentolosarts. 271 y 277 del Código Procesal Civil y Comercial dela Nación .
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3566
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