15. En atención a lo normado por los arts. 5 incs. 8° y 12, 235 segunda parte del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , el juez del lugar donde se encuentre el centro de internación es el más indicado para adoptar las medidas urgentes necesarias para dar legalidad y controlar las condiciones en que el tratamiento se desarrolla, sin perjuicio de que resuelva declarar su incompetencia o, en su caso, requiera la intervención del juez del domicilio del causante a los fines previstos en el art. 59, inc. 8", segundo párrafo, del código mencionado, si así correspondiere: p. 4832.
Lugar del delito 16. Si el hecho motivo de la contienda forma parte de un mismo contexto delictivo que se habría desarrollado en distintas jurisdicciones, la elección de alguna de ellas deberá determinarse atendiendo a las exigencias planteadas por la economía procesal, la necesidad de favorecer la marcha de la administración de justicia y la defensa de los imputados y, particularmente, la necesaria inmediatez que debe existir entre el magistrado que continúe con la investigación y los menores víctimas del delito, ya que la eficiencia de la tutela de sus derechos está dada por el acercamiento permanente del juez con su asistido, solución que mejor contempla el interés superior del niño, principio consagrado en el art. 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, reconocido en el art. 75, inc. 22, de la Constitución Nacional —según la reforma de 1994.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—: p. 3909.
17. Descartada la hipótesis del delito de estafa, corresponde al juez con jurisdicción en el domicilio del banco girado evaluar la aplicación o no al caso de la figura penal prevista en el art. 302 del Código Penal, a la luz de lo establecido en el art. 6° de la ley 24.452.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—: p. 3958.
18. Si de las probanzas del expediente no surge dónde se cometió la infracción —sustitución de chapa patente-, corresponde investigarla al juzgado provincial, en cuya jurisdicción se comprobó la anomalía y se secuestró el rodado, sin perjuicio de lo que surja del trámite ulterior, —Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-: p. 3960.
19. Si el lugar donde tuvo su asiento el hogar de los convivientes habría sido en jurisdicción bonaerense —donde residiría actualmente la madre con la niña corresponde declarar la competencia de la justicia provincial pues allí se habría producido la remoción de ésta de la custodia del padre y la privación del ejercicio de sus derechos y obligaciones.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—: p. 4093.
20. En los casos en que ha existido privación ilegítima de la libertad en más de una jurisdicción y en alguna de ella se cometió además otro delito, es a los tribunales de esta Última a los que corresponde entender en la causa.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—: p. 4830.
Por la materia . .
Cuestiones penales Principios generales 21. Las cuestiones de competencia en materia penal deben decidirse de acuerdo con la real naturaleza del delito y las circunstancias especiales en que se ha perpetrado, según
Compartir
69Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4933
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-4933
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 328 Volumen: 4 en el número: 1075 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos