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Fallos: 326:851 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 8 del Departamento Judicial de San Martín —legajo de Instrucción N° 53.807/96- (ver fs. 57).

Estiman los daños y perjuicios en la suma de $ 137.400 e indican los rubros que integran su reclamo. Así solicitan por la incapacidad sobreviniente $ 40.000, por el daño estético $ 10.000, por la pérdida de la "chance" $ 30.000, por el daño psíquico $ 16.500, por los gastos que demande el tratamiento psicológico $ 4.800, por el daño moral $ 30.000, por la privación del uso del cuerpo $ 5.000 y por los gastos de asistencia médica $ 1.100. Fundan jurídicamente la pretensión en los arts. 1112 y 1113 del Código Civil, citan doctrina y jurisprudencia que consideran aplicable y piden que se haga lugar a la demanda, con costas.

11) A fs. 512, en razón de haber alcanzado la mayoría de edad duranteel curso del proceso, Susana Mochi se presenta por derecho propio.

111) A fs. 36/39 contesta la demanda la Provincia de Buenos Aires.

Realiza una negativa general de los hechos invocados. Reconoce el enfrentamiento de los efectivos pdliciales con delincuentes en el lugar que relata la actora. Sostiene su irresponsabilidad fundada en que no se ha acreditado que la lesión sufrida por Mochi se deba alos disparos efectuados por la Pdlicía de la Provincia de Buenos Aires.

Por último, cuestiona los montos reclamados y la procedencia de algunos rubros sobre la base de las razones que expresa en su escrito defs. 37/38 y pide el rechazo de la demanda, con costas.

Considerando:

1) Que este juicio es de la competencia originaria de la Corte Suprema (arts. 116 y 117 dela Constitución Nacional).

2) Que, como surge de los antecedentes de la causa, el 31 de diciembre de 1995, en oportunidad en quelaactora viajaba en un remise junto a su hija de trece meses y sus dos hermanas, de cinco y once años respectivamente, resultó herida por un disparo de bala originado en un enfrentamiento entre delincuentes y personal policial. Como consecuencia del episodio, presenta secuelas psicofísicas en razón de las cuales inicia esta demanda contra la Provincia de Buenos Aires, atribuyendo responsabilidad en el accidentea los efectivos de su policía de

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:851 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-851

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