ERIKA ELIZABETH NAPOLI y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Medidas precautorias.
El pronunciamiento que revocó la resolución que había concedido la excarcelación a la procesada por el delito de intermediación en la supresión de la identidad de un menor en carácter de partícipe secundario, en tanto restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa y le ocasiona un perjuicio que podría resultar de imposible reparación ulterior, es equiparable a sentencia definitiva en los términos del art. 14 de la ley 48, por afectar un derecho que requiere tutela inmediata.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Concepto.
Para habilitar la instancia extraordinaria es necesario que el derecho que se invoca tenga una relación directa con lo que ha sido materia de decisión art. 15 de la ley 48) lo que ocurre en el caso en que se ha impugnado la validez constitucional de la norma aplicada para denegar el beneficio excarcelatorio.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales.
Cuando el art. 18 de la Constitución Nacional dispone categóricamente que ningún habitante de la Nación será penado sin juicio previo, establece el principio de que toda persona debe ser considerada y tratada como inocente de los delitos que se le imputan hasta que en un juicio respetuoso del debido proceso se demuestre lo contrario mediante una sentencia firme.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales. Como una consecuencia necesaria de la "presunción de inculpabilidad", se ha reconocido la existencia del derecho a gozar de la libertad durante el proceso, al que le ha conferido jerarquía constitucional, sujeto a las leyes que reglamentan su ejercicio.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.
La potestad legislativa para, con amplia latitud, ordenar y agrupar, distinguiendo y calificando, los objetos de la legislación y establecer así regímenes excarcelatorios diversos, sólo encuentra justificación en tanto esté orien- .
tada a que la prisión preventiva -como medida de corrección procesal con
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:3630
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