DOMINGO DE NEGRI v. ESTABLECIMIENTOS
SANNA Y CIA. S. R. L.
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia territorial. Elely mentos determinantes. Lugar convenido expresamente, Resultando claramente del contrato de prenda agraria la voluntad de las partes de someter las cuestiones que de él derivan a los tribunales de alguno de los lugares especificados, a elección del acreedor, y habiéndose efectuado » — ústa, debe declararse la competencia de los elegidos por dicha parte, con prescindencia del lugar del cumplimiento del contrato, para conocer de la demanda promovida por el deudor sobre rescisión de la compraventa y nulidad de la prenda.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Incidentes y cuestiones con mezas. Prenda agraria.
Promovida ejecución por el acreedor contra el deudor de una obligación parantida con prenda agraria, ante los tribunales de la Capital Federal —en cuyas actuaciones ue dictó la correspondiente sentencia y se remató el bien gravado por la prenda— corresponde también a ellos el conocimiento de la acción promovida por el ejeentado ante el juzgado de una provincia tendiente a obtener la rescisión del contrato de ome con devolución de la seña y otro tanto, zu nulidad «le la prenda constituida sobre la cora vendida en garantía del pago del precio.
DICTAMEN DEL Procuranor GENERAL
Suprema Corte:
Ante la justicia de primera instancia en lo civil de Dolores (Pcia. de Buenos Aires), Domingo De Negri, vecino de Necochea, demandó por vía ordinaria a "Establecimientos Sanna y Cía. S. R. 1,.", con domicilio en la Capital Federal, por rescisión de contrato de compra-venta, devolución de seña y nulidad de prenda fs. 2, exp. 20.498).
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Año: 1949, CSJN Fallos: 214:346
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