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ARTICULO 672.-Progenitor afín Se denomina progenitor afín al cónyuge o conviviente que vive con quien tiene a su cargo el cuidado personal del niño o adolescente.
Introduccion COMENTADA al Art. 672 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 672 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 669 ] [ Art. 670 ] [ Art. 671 ] 672 [ Art. 673 ] [ Art. 674 ] [ Art. 675 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 672 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO SEGUNDO
- RELACIONES DE FAMILIA
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TITULO VII
- Responsabilidad parental
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CAPITULO 7
- Deberes y derechos de los progenitores e hijos afines
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También puedes ver: Art.672 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales