- Los reparos opuestos por los legalistas a la eficacia del uso como fuente del Derecho no encuentran opositores cuanto de un uso malo se trata, por contrario a la moral, a las buenas costumbres y a otros preceptos de orden público; porque tanto supondría autorizar la delincuencia por la reiteración de los delitos. Con todo, cuando un uso o práctica viciosa se introduce, cuenta al comienzo con la impunidad que el principio pro reo acuerda a los malhechores; si bien eso mismo determina una legislación especial para contrarrestarlo, como la surgida luego de la Segunda guerTa mundial para reprimir las actividades del mercado negro, que al socaire de la libertad de comercio había introducido un pésimo uso en la fijación de los precios.
Dentro del Derecho catalán se conocen como mulos usos: la remensa, la iruestia, la cugucia, la ar- sina, la exorquia y la firma de spoli, tratados en sus voces respectivas. (3.154.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda