- Aunque el Cód. Civ. arg. siente poco aprecio por el Derecho consuetudinario, en cuanto a las formas y solemnidades de los actos jurídicos, a su validez o nulidad, se remite a las leyes y usos del lugar en que los actos se realicen (art. 950). USO
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda