- El de carácter colectivo, que se realiza por concesionarios o permisionarios. Sus caracteres son: 1? prestación por un vehículo (autobús, ómnibus, tranvía, trolebús, ferrocarril metropolitano u otros vehículos más o menos peculiares y sin grandes comodidades que suelen producir las grandes ciudades modernas, de vías no siempre tan grandes) que puede tomar toda persona, la cual suele abonar el pasaje una vez en el mismo, aunque el pago puede ser simultáneo con la entrada o subida, si existe dispositivo especial (torniquete), e incluso previo, como en las estaciones subterráneas; 2 no se admite equipaje llevado especialmente por la empresa y aun se restringe el viajar con bultos o paquetes que por su tamaño o circunstancias (animales, objetos malolientes, etc.) pueden molestar a los demás pasajeros; 3c no existe concreto derecho a asiento, por estar expresamente periqitido (a diferencia de los ferrocarriles) que cada vehículo puede llevar )con arreglo a su capacidad) algunos pasajeros de pie. sin que haya por ello derecho a rebaja o devolución; 49 aunque existen algunas excepciones (como la absurda del metropolitano parisiense), la clase es única y la pequeña diferencia de comodidad depende de la oportunidad o habilidad del pasajero; 59 el pasarse de sección obliga a pagar la diferencia o todo el recorrido, según las reglamentaciones; 69 el pasajero sólo puede ascender o descender en las paradas establecidas o de aeuerdo con las indicaciones que haga al conductor o cobrador del vehículo, salvo correr los riesgos apejos a subir o bajar en marcha; 7 el billete ha de conservarse, para la revisión que la empresa determine, salvo pagarse nuevamente el pasaje (tal posibilidad desaparece en los sistemas en que el viajero deposita unas monedas para tener acceso al vehículo); 8? aun descendiendo por error, cada ascenso o cada entrada obliga a pagar nuevamente el billete; 9o tomado un vehículo por confusión, siempre que sean de los que tienen billete, cabe descender sin abonar nada en la primera parada del mismo; 10. el mal comportamiento de un pasajero permite que los empleados o dueños del vehículo le hagan bajar sin dilación, y sin derecho a reclamar cualquiera diferencia de pasaje; 11. una vez "completo" el vehículo, no está obligado a detenerse ante las indicaciones de los que quieran tomarlo, y sí tan sólo para dejar los viajeros que desciendan o salgan.
Numerosas disposiciones reglamentarias regulan este contrato y servicio, en que se contrata tácitamente, por el hecho de subir a un vehículo y pagar al menos el recorrido mínimo.
También es transporte público urbyno, pero no colectivo, el de los taxímetros, sujeto a tarifa kilométrica casi siempre, más la horaria por parada en el curso de diversas diligencias de un viajero.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual