Definición de TRANSTERMINAR o TRASTERMINAR


    Salir de un término jurisdiccional. Pasar de uno a otro distinto. En ambos casos, en sentido material puede tener importancia en los impuestos aduaneros o de consumo; y, en cuanto a las personas, por razón de pasaportes (en caso internacional), de salvoconductos u otras autorizaciones, que en ciertos empleados expone a desfavorables consecuencias, incluso la de estimarse abandonado el puesto, destino o servicio.


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...