Definición de RECIBO EN TUTELA


    El tutor ha de justificar las cuentas con documentos. Sólo cabe excusarle de tal justificación en los gastos menudos en que un diligente padre de familia no acostumbre a recoger recibos (art. 283 del Cód. Civ. esp.); entre ellos, los de las provisiones diarias de alimentos, los de algún periódico o revista, los de los espectáculos, aunque de éstos quepa guardar la entrada, garantía escasa por su carácter anónimo.


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