- Finca situada en la Italia antigua y sometida a las normas del dominio quiritario en los años últimos de la República romana. Como res mancipi (v.e.v.), estos predios quedaron exentos hasta Diocleciano del pago de impuestos territoriales. Justiniano, al igualar la condición jurídica de la propiedad inmueble, borró la barrera entre estos predios y los fundos provinciales o predios estipendiarios (v.e.v.).
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