- El acuerdo privado de voluntades que se aparta de la regulación previsora O supletoria que el legislador establece para determinadas situaciones jurídicas o por si las partes se limitan a declarar que realizan determinado contrato o pacto, sin detallar debidamente su contenido. Se consagra así, al autorizar estos pactos, cuyo límite se encuentra en no infringir preceptos de Derecho absoluto, la autonomía de la voluntad (v.e.v.) en las relaciones de Derecho Privado, (v. PACTO CONTRA LEY.) (6Ó07.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual