Definición de PACTO EN CONTRARIO


    El acuerdo privado de voluntades que se aparta de la regulación previsora O supletoria que el legislador establece para determinadas situaciones jurídicas o por si las partes se limitan a declarar que realizan determinado contrato o pacto, sin detallar debidamente su contenido. Se consagra así, al autorizar estos pactos, cuyo límite se encuentra en no infringir preceptos de Derecho absoluto, la autonomía de la voluntad (v.e.v.) en las relaciones de Derecho Privado, (v. PACTO CONTRA LEY.) (6Ó07.)

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