Definición de JUICIO DIVISORIO


    Aquel que tiene por objeto la división de la cosa común entre los condueños o la partición de los bienes heredados entre coherederos. Además de la imprescriptibilidad de tales acciones, establecida en el art. 1.965 del Cód. Civ. esp., siguiendo una constante tradición jurídica, estos juicios ofrecen la particularidad procesal de entenderse que todas las partes son a la vez demandantes o demandados; aun cuando otros entienden que es actor quien adopta la iniciativa, o que sólo debe estimarse demandado quien a ella se oponga.
    (v. DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN, PARTICIÓN DE HERENCIA.) (3.389.)

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