- Locución latina. Ex- cepción de juramento. La concedía el pretor para sancionar el pacto hecho con juramento. Alegando esta excepción, el demandado podía eludir la acción entablada contra él por un supuesto acreedor o un presunto propietario que no hubiera observado este pacto. Para ello, el demandado no tenía que probar sino que, en virtud de convención anterior, había acordado con el actor atenerse al juramento de una de las partes, y que él había jurado efectivamente que nada debía o que era el propietario de la cosa, y no el prestatario.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual