Definición de "EXCEPTIO LEGIS CINCIAE"


    Locución latina. Excepción de la ley Cincia. En virtud de esta disposición legal se fijaba cierta cuantía a las donaciones; y, a consecuencia de la misma también, el donante que no hubiere consumado aún la donación,. podía rechazar la acción del donatario que tendiera a obtener todo lo prometido o la entrega de la cosa ofrecida.


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