- El que una de las partes presenta, luego de transcurrido el término prorrogable de prueba, para que la contraria devuelva los autos dentro de las 24 horas, bajo multa por cada día que deje transcurrir sin devolverlos (art. 308 de la Ley de Enj. Civ. esp.). "No se admitirá más de un escrito de apremio. Las costas del mismo y de las demás actuaciones hasta que se devuelvan los autos, serán en todo caso de cuenta del apremiado" (art. 309).
Con menos propiedad, pueden denominase también escritos de apremio los que en el procedimiento de esta clase presenta el acreedor que ha obtenido sentencia favorable de remate, a fin de lograr la ejecución.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual