Definición de DONACIÓN POR RAZÓN DE MATRIMONIO


    Aun cuando esta denominación es más correcta idiomáticamente y la empleada por el Cód. Civ. esp. en sus arts. 1.327 y ss., los autores prefieren la expresión sinónima donación própter nuptias (v.e.v.), donde se desenvuelve la materia referente al caso.


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