- La que no está sometida a condición, plazo o modo. Por antonomasia, la del heredero que, al renunciar al beneficio del inventario, ya de modo expreso o tácitamente, admite su sucesión legal o testamentaria en los bienes del causante, con la confusión patrimonial consiguiente, que compromete su anterior patrimonio por las eventuales responsabilidades pendientes del de cujus. (v. ACEPTACIÓN DE HERENCIA.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual