- Dispone el art. 1.262 del Cód. Civ. esp.: "La aceptación hecha por carta no obliga al que hizo la oferta sino desde que llegó a su consentimiento. El contrato, en tal caso, se presume celebrado en el lugar en que se hizo la oferta", (v. CONTRATO POR CORRESPONDENCIA.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual