- La locución parece contradictoria en sus términos, pues aceptación equivale a consentimiento espontáneo; no obstante, se conocen ciertas situaciones en que li ley declara como sanción, o presume sin prueba contraria, que el obligado o favorecido (como en ciertas sucesiones) ha manifestado su voluntad; y, para seguridad del comercio humano, la establece inconmovible. Ejemplo de aceptación forzosa como pena, que puede no serlo, es la de los heredaros que oculten o substraigan bienes de la sucesión; porque pierden el derecho a renunciarla y, además, no pueden gozar tampoco de la cómoda posición del heredero beneficiario. Como obligación contractual, la aceptación forzosa se estampa en el Cód. de Com. arg. para el comerciante que por escrito autoriza a otro para girar contra él (art. 636).
[Inicio] >>