- Por el lapso de tres años prescribe la acción reconocida a los mercaderes para cobrar el importe de las mercaderías vendidas a los particulares; plazo reducido también en la Rep. Arg. a un año (v. arts. 1.967 del Cód. Civ. esp., y 4.035 del arg., respectivamente).
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual