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Fallos: 98:371 de la CSJN Argentina - Año: 1903

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RESOLUCIÓN DEL GEPE DE POLICÍA DE LA CAPITAL ¿ Agusta 3 de 1903 Vistos:

La presente solicitud, por la que Laura Colombari, camarera de un enfé establecido en jurisdieción de la sección 1, reelama la multa que le ha sido impuesta por la comisaría respeetiva, por infracción al artículo 7 de la Ordenanza Policial de 18 de Setiembre de 1901; y las actuaciones é informes acompañados por la misma oficina sobre la comprobación de aquella controvención; y Considerando:

1 Que es público y notorio el espectáculo verladeramente escandaloso, que se ofrecía ú los numerosos vecinos y tran seuntes del barrio centralísimo en que están ubicados los cafés donde sirven la recurrente y demás camareras, con la exhibición constante y sin reeato alguno en las salas abiertas de aquellos establecimientos, de grupos de mujeres vestidas con trajes lnmativos que incitaban con sus actitudes provocativas, cuando no lo hacían llamando á las personas que transitaban por Ia calle.

' Que un espectáculo semejane era indigno de una ciudad enlta y atentatorio de Ins buenas costumbres y daba motivo á numerosas quejas formuladas ante esta Gefatura en cumplimiento de los deberes que le impone su propio instituto, dió instrueciones al Comisario de la Sección 1° para que hiciera observar extrictamente las ordenanzas vigentes sobre enfés servidos por camareras, indicando ú los dueños y encargados de los mismos, la conveniencia de mantener cergulas las puertas de sus negocios, ó cubiertos los vidrios ó arregladas las ensas en cualquier otra forma que impidiera ver desde la enllelas escenas interiores ú que se ha hecho referencia; de

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Año: 1903, CSJN Fallos: 98:371 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-98/pagina-371

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