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Fallos: 98:104 de la CSJN Argentina - Año: 1903

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104 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE dicción de conformidad con el artículo 12 inciso 4' de la ley número 18.

2 Es improcedente el recurso de nulidad fundado en omisión ó vicio de procedimiento de la resolución recurrida, si no se ha alegado la inconstitucionalidad de la ley prosesal que rige el caso, Caso.— Resulta de las siguientes piezas:


AUTO DEL JUEZ DE 1 INSTANCIA DE LA CAPITAL
Tnenos Aires, Augusto 22 de 1502.

Y vistos: por las razones dadas por el señor eurador en el auto de fs. 25 via., y de acuerdo con el dictamen que antecede, atento lo dispuesto en el art, 16 meiso 1 Código de Procedimientos no ha Ingar á lo solicitado en el escrito de fs. 21 y se concede en relación los recursos de apelación deducidos, elevándose los autos al Superior en la forma de estilo, previa reposición de sellos, Miguel Romero,
DICTAMEN DEL FISCAL
Buenos Aires, Diciembre 12 de 1902 Excma. Cámara:

Sirvase V. E. confirmar el auto apelado en la parte referente ú la excepción de incompetencia promovida porque el excepcionante ha prorrogado la jurisdicción de conformidad al art. 12 inciso 4° de la ley de jurisdicción y competencia de 14 de Septiembre de 13.

B. Fiquerou.

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Año: 1903, CSJN Fallos: 98:104 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-98/pagina-104

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