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Fallos: 97:311 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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fs. 31, manifestó que Pereyra había sido muerto el día ? de Ayosto por Sandalio Ojeda en complicidad con su hijo Ensebio Fuentes y esto lo sabía porque Ojeda se lo había dicho después del erímen; queno había comunicado el hecho á la autoridad porque lo habían amenizado con matarlo. Que las declaraciones de fs. 3d Il via, noson suyas y ú pesar de estar firmadas las mega, pues á fuerza de privaciones, malos tratos y imenazas, el sub-prefecto le hizo firmar, axregando que la verdad es .

lo que había expuesto, Quedo habían tenido con dos pares de esposas, qué lo iban á tener enel enlabozo sin > pilehas- y le iban úá darocho días de Inawvia, GQhirer €djerdi ler Tnsubríce emcnnrilisteedoo Dusubieer eroomenticdo el he echo, porque Pereyra le había robado una hija. Que el hacha que se le pone de manifiesto, no esta que sirvió para el crímen, pués la que tenía Pereyra y con la que se le había dado muerte tenía el cabo de sanee, que Mé quemado por Ojeda.

Unidécimo, Que ás 12 via, el Procurador Fiscal, Mndado en las disposiciones de los arts, %5 inc. 3, del Código Penal; y 12, ine. 2.5 y 7 del mismo Códizo, pide para Bernabé Orcujo, la pena de quinee años de presidio y para Sandalio Ojeda y Eusebio Fuentes, la de cinco años de prisión, intabilitación, costas procesales, ete, Décimo segundo. Queá fs, 52, el defensor de Bernabé Oreajo, Mudado en que no está comprobiulo el cuerpo del delito, (nrts.

46, 205, ley de Procedimientos) y que la confesión ha sido retractada y habersele comunicado algunos antecedentes, eque hacen verosimil, suponer que el delito, si ha existido, huya sido cometido por Ojeda y su hijo Eusebio, pide la absolución de enlpa y cargo de su defendido, Décimo tereero. Que el defensor de Ojeda y Fuentes, á su vez ú Es. 58, solicita la inmediata libertad de sus defendidos y la absolución de lancusación, á mérito de no encontrar legulmente fundada la acusación como encubridores,

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Año: 1902, CSJN Fallos: 97:311 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-97/pagina-311

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