n FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
FALLO DEL JUEZ FEDER AL
Buenos Aires, Diciembre 12 de 101.
Vistos: estos autos para resolver los diversos incidentes promovidos, resulta:
A fs. 759 el Juzgado hizo la estimación de los honorarios del Ingeniero Don Arturo Castaño eoz las salve hades que se expresan en el auto respectivo, De ese anto las partes pidieron revocatoria, interponiento el resurso de apelación et enso omiso ó denegado (Es. 767 y 771).
A fs, 771 la parte actora se opuso al retiro de la renuncia formulada por el Se. Castaño en sugeserito de fs. 761, subtameióndose este incidente por los trámites legales, As, 779 y 7 las partes recusan respectivamente a sis árbitros Sres, Lauzzerti y Masini, Y Considerando 1 Que el anto de fs. 759 se ajusta ú las constancias de autos y ú los procedimientos observados en la prástica judicial, y no h puede por su esencia, entisar perjuicio ó gravamen irreparable $ úlas partes.
S IP Que habiendo el Sr. Castaño presentado mevamente la r renuncia del cargo de perito, queda esta enestión totalmente hs eliminada.
É HI" Que la recusación de los peritos se rige por la dispo| . sición del arto 145 del Cól. de Procedimientos, de manera que E oídas las partes y estando éstas de acuerdo en que existen Y verdaderas cansas de recusación que inhabilitan á sus peritos hi para desempeñar legalmente el cargo, corresponde promineiar:
É se von arreglo ú lo pedido.
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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:74
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-94/pagina-74
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