116 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE chos, no caen en comiso y que la disposición del art. 215 de las O. O. que ordena que cuando se presenten ú despacho como muestras ó equipajes, bultos de mercaderías que no de ban considerarse como tales por las 0. O., se anularán los permisos y se oblizará ú los interesados ú despacharias como en los casos ordinarios, es solamente aplicable ú los ensos en que se trata de bultos sueltos y distintos presentados ú Ia verificación. que nunea pueden escapar ú la inspección fiseal y que por si sola exterioridad pueden servir á los efectos de la citada disposición, Se conforma con esta jurispradencia de la Suprema Corte la nota de la Dirección General de Rentas de fecha 7 de Diciembre de 1553, interpretativa del citado artículo 215, y el Decreto del Ministerio de Hacienda, de 12 de Nov. de 1878, que rezla el proceder que deben observar los empleados del Resguardo en el desembarque de equipajes (véase leyes y disposiciones fiseales de 1895, pág, 105 y 151). Ahora bien; estando en autos probado que el pasajero del vapor -Damibes, don Jhon Jake Buras eomdueía la mercadería en cajones que por su simple aspecto exterior denuneciaban contener efectos sujetos ú derecho; que exhibió listas del eontenido, haciendo esfuerzos visibles para hacerse comprender de los empleados del Resguardo y por fin que esta última eireunstaneia, que Mé silenciada por el autor del parte de ts. 4, ha sido confesado por este mismo al contestar la pregunta 36 del interrozatorio de fs. 69, es forzoso resolver que no procede el eomiso de los bultos detenidos, debiendo éstos despacharse en la forma dispuesta en el artíento 28 de las O. O. de Acuna, Por estos fundamentos y de neuerdo con la jurispredeneio sentada por este juzzado, en la enmmsa análoga sezuida contra José Bebilagua y no obstante lo dictaminado por el Procura dor Fiscal, fallo: absolviendo de toda pena al nensado John Jake Burns y declarando unla la resolución ndministrativa
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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:116
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