4" FALLOS DE LA SUEREMA CONTE
FALLO DE LA SUPREMA CORTE :
Buenos Aires, octrbre 17 de 1901, Vistos y considerando: Que según consta del informe de foja ocho vuelta, el empleado deninciante praeticó la visita del vapor Athen á la una de la tarde del día trece de noviembre, delo que resulta que la dentneia de foja siete no pudo sino presentarse tiempo despues de la hora mencionadas y no á esa misma hora.
Que tanto por el mérito que surge de ese antecedente, como porque no hay constancia suficiente de que die denuneia de foja siete se hubiera presentado con antelación 4 la solieitmd de adición de foja ocho, que Neva también la misma fecha treee de noviembre, no es permitido negar que esta solicitado se pre sentó en_ tiempo hábil para salvar los errores cometidos en el manifiesto, ya sea anmentando, disminuyendo 6 esmbisredo si contenido, en los términos de los artienlos cinenenta y tino y ochocientos enarenta y seis de las ordenanzas de imdmana, por que la duda debe resolverse en favor de la absolución (artiento trece, Código de Procedimientos en lo criminal), principio que es añn de más pertinente aplicación en el caso, si se tiene en eonsideración que la omisión del cargo en la demuneia importa veanzo Pieltia irmagoratiadoles db Jeos: estengolesinelenss elas sneluazaneso.
Por estos Mndamentos, de acuerdo condo expuesto y pedido por el señor proenrador general y concordantes de la senteneia apelada de foja ciento cinco, se confirma ésta, con vostas, Notif quese con el original y repuestos los sellos, devnelvanse, BENJAMÍN PAZ. — ABEL BAZÁN. — Oc TAVIO BUNGE.— NICANOR (3, DEL So
LAR. — Martricio P. DARACT,
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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:48
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