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Fallos: 92:219 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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DE JUSTICIA NACIONAL 219
FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, noviembre 5 de 1901, Vistos : Por sus fandamentos y con arreglo 4 lo resuelto por esta Suprema Corte en casos análogos, como puede verse entre otros, el que se registra en el tomo cinenenta y cinco, página ciento noventa y cineo de sus fallos, se confirma, con costas, el auto de foja quinee vuelta en la parte apelada, Notifiquese con el original y devnélvanse, debiendo reponerse los sellos ante el inferior, RBENJAMÍN PAZ, — ABEL BAZán. —
NICANOR G, DEL SOLAR, — MAURI
cio P. Daracr,

CAUSA CDI
El fiswo nacional contra Sepp hermanos y compañía, por cobro de pesos : sobre competencia Sumario. — El juez que decretó el embargo preventivo es el :

competente, anque no esté de turno, para conocer del juicio correspondiente, deducido á consecuencia y en mérito del embar go trabado,

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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:219 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-92/pagina-219

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