CAUSA CEXXII.
D° Hosa Maurin, contra D. José Ulmos, por cobro ejecutivo de pesos.
Sumario. — 1" La escepcion de incompetencia puede deducirse al empezarse el juicio y resolverse ante todo.
2 No puede decirse que se consienta en prorogar 'a jurisdiccion por el hecho de concurrir á reconocer un dornmento ante el Juez de Seccion antes de iniciarse una accion en forma.
Caso.— En la ciudad de San Juan á 6 de Noviembre de 1860, D. Ramon Coquino con la garantia de D. José Olmos, firmó un pagaré á 6 meses á la órden de D' Rosa Maurin por la suma de 1,000 5 con el interés del uno y medio por ciento mensual.
El 6 de Mayo de 1870 D. Pascual Ruiz por la Sra. Maurin pidió del fiador Olmos, ante el Juez Nacional de Mendoza, el reconocimiento de este documento y una vez obtenido inició juicio ejecutivo contra él.
Dictado el auto de solvendo, D. Desiderio Puebla por Olmos se presentó oponiendo las cscepciones de litis pendencia € incompetencia.
Dijo que antes del juicio Olmos habia hecho cesion de bienes en la Provincia de San Juan, que sus acreedores la
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Año: 1870, CSJN Fallos: 9:512
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