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Fallos: 9:312 de la CSJN Argentina - Año: 1870

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Caso. — Condenado D. Cárlos de Mot en el juicio ejecutivo seguido por Don Lisandro Onetti sobre arrendamiento, el actuario solicitó se mandara abonar la planilla de las costas con el dinero embargado á de Mot.

D. Angel Texo sustituido á los derechos de Onetti en virtud de un laudo arbitral, que inutilizó el juicio ejecutivo, pidió se declarara que no estaba él cbligado á pagar esas costas por haberse declarado por sentencia de la Suprema Corte que el dinero embargado pertenecia á él y no al ejecutado de Mot.

Fallo del Juez de Seccion.

Buenos Aires, Julio 27 de 1810.

Habiéndose sustituido la parte de Texo en los derechos, que contra Cárlos de Mot y C° respondian á Don Lisandro Onetti, y por consecuencia asumido contra los primeros el rol de ejecutante; y no pudiendo con arreglo al art. 298 de la ley de Procedimientos ser reintegrado el ejecutante de su crédito con preferencia á las costas de la ejecucion; se declara, que las costas, á que se refiere el auto de que se pide aclaratoria, deben ser abonadas de los fondos embargados, y sin perjuicio del derecho de Texo contra los ejecutados Cárlos de Mot y C°. Repóngase el sello.

Vavaleta.

Apeló Texo en relacion y se dictó el siguiente Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Agosto 13 de 1870.

Vistos: considerando. Primero, que las costas que se cobran en este espediente, son las causadas en el juicio ejecu

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Año: 1870, CSJN Fallos: 9:312 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-9/pagina-312

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