212 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE cayo cumplimiento se pide fueron dictados en juicio contra la empresa del Ferrocarril Central Norte.
Que sin otro antecedente, lu condenacion pronunciada contra dicha empresa no puede constituir título de ejecucion contra el Ferrocarril Central Córdoba, porque no resulta acreditada la identidad de la persona condenada con la persona contra quien se dirije la accion, como sería necesario para la procedencia de ésta, ya que en principio el juicio eque fuere dado contra alguno, non empese á otrn> (ley veinte, título veintidos, partida tercera).
Por esto y fundamentos concordantes del auto apelado de foja cuarenta y tres, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos doscientos cuarenta y ocho y doscientos cincuenta y dos de la ley de procedimientos, se confirma dicho auto, con costas.
Notifíquese con el original y repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. —
OCTAVIO BUNGE.—-JUAN E. TO-
RRENT.
CAUSA DLCX XXVI
Don James Bosio Polar contra don Julio Griimbaum ; sobre falsificacion de patente Sumario. — No probando el autor los hechos en que se funda la accion, cuando no las asiente el demandado, corresponde la absolucion de ésta.
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Año: 1900, CSJN Fallos: 89:212
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