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Fallos: 89:106 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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106 PALLOS DE LA SUPREMA CORTE

CAUSA CDELXY
Don Domingo Lamas en la ejecucion de don Luis M. Saavedra, contra doña Agustina Lamas de Ovejero; sobre tercería y suspension de procedimientos.

Sumario. — La tercería de dominio se caracteriza por la circunstancia de atribuirse el tercerista la propiedad de los bienes embargados, No haciéndose mencion de eso en la tercería deducida, no corresponde la suspension de los procedimientos, prevista por el artículo 302 de la ley de enjuiciamiento, Caso. — Lo expiica el Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Octubre 4 de 1900.

Vistos : Para resolver el incidente de revocatoria suscitado por el acreedor ejecutante, del auto de foja 173, que manda suspender los procedimientos de la vía ejecutiva hasta tanto se decida sobre la procedencia de la accion interpuesta por don Domingo Lamas.

Y considerando : Que el juzgado al pronunciarse en el sentido expuesto, lo hizo en la inteligencia de que el escrito de Lamas importaba la deduccion de una tercería de dominio, y en tal caso, la suspension de la ejecucion procedía por el ministerio de la ley.

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Año: 1900, CSJN Fallos: 89:106 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-89/pagina-106

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