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Fallos: 88:314 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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su FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Junio 9 de 1900.

Autos y vistos: Estas actuaciones promovidas por don Ernesto J. Barilari, con el fin de que se le declare exento del servicio de las armas, Y considerando : Que el recurrente no ha justificado hallarse comprendido en el artículo 26 de la ley número 3318, en razon de que el beneficio de excepcion que acuerda esta ley sólo corresponde al hijo único de madre viuda y que atiende úá su subsistencia, existiendo en el caso presente otros hijos que igualmente la asisten, con el fruto de su trabajo.

Que tratándose de una ley restrictiva y cuyos extremos deben probarse de una manera concluyente, no ha justificado el recurrente ser acreedor ála excepcion que solicita.

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador fiscal, se confirma la resolucion de la Junta de excepciones de foja 21 vuelta. Hágase saber.

G. Ferrer.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Julio 11 de 1900.

Suprema Corte:

Pienso, como lo establece la sentencia de foja 30, que mientras existan otros hijos que puedan atender ú la subsistencia de la madre viuda, como es su deber legal, no debe exonerarse del servicio militar 4 aquel que le corresponde con sujecion á las leyes de la materia. Y como ea el caso sub-judice el acta de foja

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Año: 1900, CSJN Fallos: 88:314 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-88/pagina-314

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