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Fallos: 87:70 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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Que como no se le hubiera dado la posesion del campo, ocurrió al gobierno el doce de Octubre y solicitó la intervencion de un inspector policial á efecto de desalojar á los intrusos.

Que nombrado á este fin el inspector Ayestarán y habiendo encontrado dos intrusos, que decían ocupar parte del campo comor epresentantes de don Manuel Lainez, en vez de cumplir la orden recibida, concedió á dichos intrusos un plazo de cinco días para el desalojo.

Que esta intimacion no se ha cumplido y han sido inútiles todas las gestiones ulteriores de García para obt:ner la posesion de lo que ha comprado.

Que el señor Manuel Luinez ocurrió el siete de Octubre al Poder Ejecutivo pretendiendo que la mensura del campo comprado invade el de su propiedad, pidiendo que se practique una nueva mensura en su campo, ú lo que defirió el gobierno fijando el término de treinta días para la mensura.

Que Lainez solicitó despues, que el agrimensor debía tener en cuenta un expediente que se extravió en veintidos de Abril de mil ochocientos ochenta y siete, y que se declarase que los treinta días no eran perentorios, á todo lo que uecedió el Poder Ejecutivo, quedando así transferida la posesion que debe darse al exponente hasta que se llenen los fines de tan extraña solicitud, Que la falta de posesion del campo le irroga graves perjuicios, pues, fiado en la seriedad de los mandatos del gobierno para el desalojo de los intrusos, dispuso alambrar el campo haciendo transportar á éste los elementos necesarios, y habiendo obtenido una oferta conveniente suscribió boleta en siete de Octubre á favor de don Enrique Depert, árazon de veinticinco pesos la hectárea, á escriturar á los treinta días, Que este comprador le ha »romovido demanda ante el juez federal de La Plata, por su falta de cumplimiento á la obligacion.

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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:70 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-87/pagina-70

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