r | don Jorge B. Shaw en el Banco Nacional, en liquidacion y para graduar su penalidad debe estarse á lo dispuesto en el artículo 18, inciso 2, del Código delProcedimientos, fijando su pena en un año de arresto.
10° Declaradas las responsabilidades que incumben 4 cada "uno delos procesados y los delitos ó contravenciones que respectivamente han cometido, falta sólo declarar los puntos en que no se hace lugar á la acusacion fiscal. Esta comprendía englobados todos los puntos que encerraba la denuncia del Banco, pero algunos de ellos no han sido comprobados.
Denunciaba el Banco una defraudacion de 9125 pesos de las , planillas de letras pendientes, pero los peritos no la han encontrado ; el Inspector tomó como defraudados intereses que no se cobraron porque entraban en la suspension de términos que por tres meses se acordó á los deudores, La suma que aparece perdida por ese capítulo se refiere á fechas en que no han podido tener intervencion los procesados y que aparte de no saberse si esas son defraudaciones dolosas, ni se conocen sus autores ni hay denuncias sobre ellas.
Tambien comprende la acusacion la planilia número 4 de letras desaparecidas en que se denunciaba una defraudacion por 14.986,34 pesos. Se indicaba la desaparicion de 9 letras, pero los peritos han encontrado el paradero de 7 de éstas, quedando 2 del señor Carlomagno y M. Posadas cuyo importe no ha entrado al Banco, faltando antecedentes para saber si han entrado al Banco y sido defraudados, de donde resulta que no hay á quién imputar criminalmente este hecho.
Comprende, por último, la acusacion la planilla número 7 del Banco, en la que dice haber sido este defraudado por 21.144,25 pesos, en los alquileres de las propiedades del Banco. Tampoco han encontrado los peritos comprobada esta defraudacion, El hecho se explica, sin duda, de la manera siguiente:
el representante del Banco ha tomado la lista de las propie
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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:456
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