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Fallos: 85:395 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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Por estos fundamentos: se declara que el conocimiento de esta causa no corresponde á la justicia federal y se deja sin efecto todo lo obrado en ella. Notifíquese con el original, y devuélvase.

BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN, —
OCTAVIO BUNGE. — JUAN E.

TORRENT. — E. MARTINEZ.
CAUSA € Don Márcos Arredondo contra don José M, Calaza, por daños y perjuicios; sobre recurso ú la Suprema Corte Sumario.— Los recursos á la Suprema Corte de las sentencias de los tribunales ordinarios deben ser fundados en citas concretas y con aplicacion al caso resuelto. No basta hacer referencias generales á la Constitucion ó leyes del Congreso.

Caso. — Don Márcos Arredondo se presentó ante la Suprema Corte deduciendo el recurso que autoriza el artículo 14 de la ley de jurisdiccion de los tribunales federales, contra una sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones en locivil, en un juicio que sigue con don José M. Calaza, sobre daños y nerjuicios. Dijo que esa sentencia es contraria á la Constitucion nacional y validez de las leyes de la nacion, no conteniendo sinó

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Año: 1900, CSJN Fallos: 85:395 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-85/pagina-395

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