E presunciones vehementes en el sentido de la circulacion del E billete de 20 pesos, cuya falsedad se constata á foja 11, efec4 tuada por el procesado, puesto que ellas reunen los caracteres requeridos por el artículo 358 del Código de Procedimiento: en La lo Criminal para que las presunciones tengan fuerza legal pro batoria.
Eu En cuanto al proceso anterior seguido contra Chappi, agieE gado á estas actuaciones, no alcanza ú suministrar antecedente E alguno contrario al procesado, desde que el referido proceso | terminó por sentencia definitiva absolutoria, que tiene la autoE ridad de cosa juzgada.
Por otra parte, no habiendo en autos constancia alguna de La que Chappi tuviera conocimiento de la falsedad del billete que circuló, es pasible de la pena de multa impuesta por el artículo 63 de la ley sobre crímenes contra la nacion, de 14 de Setiembre de 1863, Por ello, pido á V. E. la confirmácion por sus fundamentos, de la sentencia recurrida de foja 20.
Sabiniano Kier.
y Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 23 de 1900.
Vistos y considerando: Que aunque está averiguada la falsedad del billete de veinte pesos que corre ú foja diez, no lo | está suficientemente que él hubiese sido circulado por el proE cesado, con ó sin conocimiento de dicha falsedad.
Que en efecto, la única prueba directa que al respecto registran los autos consiste en la denuncia de foja primera, en la que don Juan Heinz dice, con fecha veintiocho de Diciembre de milochocientos noventa y seis, que, en el día anterior, de dos
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Año: 1900, CSJN Fallos: 85:386
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