tas, la sentencia apelada de foja treinta. Repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. — OC-
TAVIO BUNGE. — JUAN E, TORRENT.
— H. MARTINEZ,
CAUSA CELX XXVI
Don José Calvo contra don Arturo Demarchi, por daños y perjuicios; sobre arraigo, defecto en la demanda y costas Sumario.— 1" No procede lu excepcion de arraigo, si el actor tiene domicilio en la República, ni la de defecto legal en la demanda si ésta contiene los requisitos de lá ley.
2 El hecho de no haberse hecho en la copia entregada al demandado las enmiendas contenidas en el escrito original de la demanda, que ha da:lo motivo á la excepcion rechazada, exime á ésta de la condenacion en costas, Caso. — Resulta del Fallo del Juez Federat Buenos Aires, Noviembre 17 de 1896.
Y vistos: En las excepciones de arraigo del juicio y de defecto legal en el modo de proponer la demanda, Y considerando en cuanto á la de arraigo: 1 Que del poder
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Año: 1900, CSJN Fallos: 85:298
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