AUTO DE LA CAMARA DE APELACIONES
Buenos Aires, Julio 25 de 1899.
Y vistos : Por sus fundamentos, y de conformidad con el precedente dictamen fiscal, se confirma en todas sus partes, el auto apelado de foja 22 vuelta, con costas, fijándose en 15 pesos los derechos procuratorios de Patiño en esta instancia. Devuélvanse, repónganse los sellos, Gelly. — Molina Arrotea. — Gimenes, Ante mí:
Gonzalez del Solar.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Setiembre 18 de 1899.
Suprema Corte:
Considero ajustado á derecho el auto recurrido de foja 30, en mérito de las consideraciones del dictamen fiscal de foja 29 que lo fundan suficientemente y pido ú V. E. se sirva confir= marlo. .
Sabiniano Kier.
Tallo de ln Suprema Corte Buenos Aires, Junio 19 de 1900.
Vistos: De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general, y sus fundamentos, se confirma, con cos
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Año: 1900, CSJN Fallos: 85:297
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