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Fallos: 85:259 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Mayo 31 de 1900.

Suprema Corte:

Los fundamentos de la sentencia recurrida de foja 23 vuelta son incontestables, y sus conclusiones sobre la responsabilidad legal del procesado Ramon Machin se ajustan á lo preseripto + en el artículo 35 de la ley número 3318.

Aquella sentencia procede ser confirmada por sus fundamentos, con la declaracion que contiene el auto de foja 25. Pido á V. E. sesirva así resolverlo.

Sabiniano Kier.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 16 de 1900.

Vistos: Estando justificada la falta de enrolamiento del procesado, quien no ha probado las excusas alegadas, y de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General y fundamentos concordantes de la sentencia apelada de foja veintitres vuelta, se confirma ésta, con la declaracion contenida en el auto de foja veintiseis, siendo Jas costas del recurso ú cargo del apelante.

BENJAMIN PAZ, — ABEL BAZAN, —
OCTAVIO BUNGE. — JUAN E.

ORRENT. — E. MARTINEZ,

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Año: 1900, CSJN Fallos: 85:259 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-85/pagina-259

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