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Fallos: 84:254 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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— 2-, FALLOS DE LA SUPREMA CORTE lugar con la parte que concurra. 4 este escrito el juzgado pro= veyó de conformidad dictando el anto siguiente :

« Buenos Aires JAbril 10 de 1900.

«Señálase nuevamente la audiencia del día 16 del corriente á las dos de la tarde para que tenga lugar el juicio verbal decretado, bajo apercibimiento de que éste tendrá lugar con la parte que concurra. — Ferrer. » Esta providencia le fué notificada á Vargas en la oficina en la misma fecha, No concurrió tampoco Vargas á esta segunda audiencia decretada bujo apercibimiento, presentando en cambio un es= crito en el que oponía la excepcion de falta de personería en el actor, cuyo escrito, si bien es cierto que fué recibido en secre= taría, es tambien muy cierto que le fué devuelto en atencion á que la'excepcion deducida debió oponerse enelacto de la audiencia, á la que no compareció, El doctor Lopez, concurrió, pues, solo, exponiendo lo siguiente: Que no habiendo concurrido la parte contraria ú la segunda audiencia señalada bajo apercibimiento, correspondía y del juzgado solicitaba se hiciera efectivo lo dispuesto en el artículo 587 del Código de Procedimientos de la capital (incorporado).

Que reproducía en todas sus partes la demanda, agregando que á la fecha adenda el locatorio Vargas cuatro meses, por lo que solicitaba se decretara el desalojo sin mas trámite, dentro del plazo de diez dias. Con fecha 16 de Marzo, el juzgado llamó autos, dictando con fecha 4 de Abril la resolucion que sigue:

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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:254 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-84/pagina-254

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