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E CAUSA ELXXXAIEL
a El Banco Inglés y Río de la Plata contra la provincia de SanA ta Fé, por cobro ejecutivo de pesos; sobre emplazamiento y L rebeldia.
Sumario. — Deducida la demanda contra una provincia, corresponde emplazarla, sea ordinaria ó ejecutiva la demanda ; y vencido el término del emplazamiento sin comparecer, debe de elararse la rebeldía, acusada que sea por el demandante.
E Caso. — Lo explica el d Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 21 de 1900.
Vistos y Considerando : Que en la presente causa la provin- cia de Santa Fé ha sido declarada rebelde, por no haber comparecido á estar á derecho con el actor, en virtud del emplazamiento que se le hizo al efecto, Que siendo dicha provincia parte en este juicio, por cuanto la demanda de foja nueve ha sido deducida contra ella, es evidente que no ha podido dejar de ser emplazada para comparecer en él, de conformidad á la disposicion del artículo sesenta
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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:200
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