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Fallos: 83:258 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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e Faile de la Suprema Corte Buenos Aires, Febrero 10 de 1900.

Vistos: Siendo estemporánea la diligencia de prueba solicitada á foja treinta y tres, por estar vencido el término de prueba, cuando se pidió por el recurrente, segun resulta del certificado de foja cuarenta y una.

Por esto se confirma con costas el auto apelado de foja cuarenta y una vuelta.

Repuestos los sellos, devuélvanse.


ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE.
— JUAN E. TORRENT.—H. MAR

TINEZ.


CAUSA EX
Don Rigobert Giordani contra don Ernesto Etchegaray, por daños y perjuicios; sobre competencia Sumario. — Tratándose dedaños procedentes dehecho ilícito, la demanda por su indemnizacion puede intentarse ante el juez del lugar donde se ha producido el hecho,

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Año: 1899, CSJN Fallos: 83:258 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-83/pagina-258

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