a 152 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE de la jurisdiccion declarada en la causa sobre defraudaciones imputadas al Ferrocarril del Sud.
Encuentro ajustados ú esos antecedentes y al derecho que los rige, los considerandos en que se apoya el auto apelado, para rechazar !n excepcion dilatoria de incompetencia opuesta por la parte demandada, Nada tengo que observar al respecto, bastando recordar aquellos antecedentes para inclinar el criterio judicial en pro de la confirmacion del unto de foja 34, que solicito de V. E.
Sabiniano Kier. ° Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Diciembre 23 de 1899.
Vistos y consi!-rando: Que el ministerio fiscal demanda á la empresa del Ferrocarril del Sud imputándole la introduccion de marcaderías ó artículos en fraude de la renta de aduana, y pide contra ella, que sea condenada ú la pena de comiso, traducido en el caso por el valor de los objetos que se dicen frauduJentamente importados ú destinados en violacion de las leyes.
Que ese juicio es por su naturaleza penal y de la competencia, por tanto, de la jurisdiccion criminal, como resulta del artículo mil treinta y cuatro y sus concordantes de las Ordenanzas de Aduana, y como lo tiene establecido la jurisprudencia constante, Que la empresa demandada ni aun alega que tenga contrato celebrado con el gobierno nacional que establezca entre ellos relaciones especiales de derecho y reglas relativas al juzgamiento de las divergencias emerjentes con determinacion de los jueces
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Año: 1899, CSJN Fallos: 83:152
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