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Fallos: 81:73 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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DE JUSTICIA NACIONAL LE)
devuélvanse, reponiéndose los sellos, y pudiendo notificarse con el original.


BENJAMIN PAZ. — OCTAVIO BUNGE.
— JUAN E. TORRENT. - El. MAR TINEZ (°n disidencia, — ABEL

BAZAN.


DISIDENCIA
Vistos : Considerando : Que el precio del terreno de la seño a Susana Thompson de Rowe, que trata de expropiarse en este juicio, debe regularse conforme álo dispuesto en el artículo quince de la ley de la materia, por el valor que hubiera tenido si la obra de la línea del Ferro carril que lo ocupa no hubivse sido ejerutada ni autorizada, Que segun esta rezla, para fijar el precio que en ley y equidad corresponde pagar por dicho terreno, vs necesario tomar en cuenta aquel en que se vendían campos de igual calidad situados en el mismo partido dende se halla ubicadu el que se trata de expropiar, en la época inmediata anterior úla fecha en que se autorizó la construccion de la línea que ocupa el campo de la cuestion.

Que 4 este respecto no «Xiste otro dato en autos que el que suministra el perito de la Empresa, el cual direque la única venta que conoce por aquella época es la de quinientas cuadras próximamente, que hicieron los señores Guinochi hermanos á los señores Parra-ichini y Ganduglia, la que daría un valor de ciento veinte y cinco pesos á la cuadra puco más 6 menos; y 3 agrega, « que no queriendo sujetar ú este solo caso su apreciacion, de las distintas averiguaciones que ha hecho y del conocimiento propio que poser de esos campos, por ser propietario L 4

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Año: 1899, CSJN Fallos: 81:73 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-81/pagina-73

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